Cómo instalar los extintores según el RD 513

¿Cómo afecta el nuevo Real Decreto 513 a la instalación y altura de los extintores? La nueva normativa del Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI) trae novedades en la instalación y mantenimiento de los extintores y hoy desgranamos este tema para que cuentes con toda la información de forma clara.

ALTURA DE LOS EXTINTORES, normativa y colocación

El RD513 modifica la altura de instalación de los elementos de protección contra incendios y extintores:

Extintores y pulsadores:

El extremo superior del extintor debe estar ubicado entre 0,8 y 1,2 m del suelo, al igual que los pulsadores. Esta medida afectará únicamente a las nuevas instalaciones.

Distancia exigida:

El extintor debe garantizar un recorrido horizontal máximo de 15 metros respecto al origen de evacuación.

Ubicación del cartel:

El cartel que indica la presencia de un extintor deberá estar señalizado entre 1,5 y 2,2 m del suelo y siempre dejando una distancia mínima de 30 cm respecto al techo.

 

INSTALACIÓN DE EXTINTORES Y PULSADORES

¿A qué altura y distancia se colocan los extintores de incendios?

instalación y altura extintor, esquema

 

Todas estás novedades las podrás consultar en el BOE, sobre el «Reglamento de instalaciones de protección contra incendios».

¿Tienes dudas sobre el RIPCI?

Empresas, fábricas, comercios, comunidades de viviendas o instituciones deben cumplir el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

 

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Comentarios

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10 comentarios

  • JOSE ANTONIO 29 diciembre, 2020

    Buenos días, antes indicaba una altura para la colocación de los extintores. Ahora los ya instalados tienen que bajarse, y si tienen un periodo transitorio para adaptarlo a esa nueva altura.
    Gracias.

  • owner

    Prodein 8 enero, 2021

    Hola, Jose Antonio.

    Todos los extintores deben situarse por debajo de 1.70.
    Aquellos extintores a los que les afecte la nueva norma RD513/2017 deben situarse como máximo a
    1.20.

    Esperamos haber aclarado su duda.

    Un saludo.

  • Juan Ramón González 24 septiembre, 2021

    Hola. Tengo duda si una asociación sin ánimo de lucro, sin trabajadores, solo con socios colaboradores, tiene que disponer de un extintor en el local donde tiene su sede.

  • Jairo Mantilla 1 diciembre, 2021

    Buenos días, tengo unas
    dudas. Hay un tamaño obligatoria para la señal de extintores? Y donde veo la fecha de fabricación de la señal?
    Saludos

    • owner

      Prodein 6 diciembre, 2021

      Buenos días,
      La medida mínima que marca la norma para las señales de extinción es del 210×210.
      Un saludo

  • Edegar Morales g 28 febrero, 2022

    En Áreas abiertas? se deben utilizar Extintores estacionarios. Como los satélites de 150 lbs. Area 2.500mts.
    Donde el riesdmgo es de Soldaduras y de oxicorte. Les pregunto

  • R. Erik Álvarez Pedrero 16 octubre, 2022

    INSISTO, ya que nos interesa a más de uno:
    Una asociación sin ánimo de lucro, sin trabajadores, solo con socios colaboradores ¿tiene que disponer de un extintor en el local donde tiene su sede?

    • owner

      Prodein 19 octubre, 2022

      Hola Erik,

      Si el local está registrado como asociación, su sede debe contar con los elementos de protección contra incendios como cualquier local.
      Si se trata de una oficina pequeña, con un extintor de polvo de 6kg será suficiente.

      Esperamos haberte ayudado.
      Un saludo

  • Alberto 4 julio, 2023

    Muy interesante y practico. Gracias

    • owner

      Prodein 13 julio, 2023

      Gracias Alberto.
      Esperamos haberte ayudado.