Tal y como te contábamos en nuestro blog, el nuevo Real Decreto 513 trae consigo muchas novedades en la instalación y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios que queremos seguir desgranando. Hoy te mostramos de forma visual y sencilla cómo es el esquema de instalación de un puesto fijo (BIE) según el RD513, que desarrolla el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI).
Desde Prodein, queremos ayudarte a que conozcas de primera mano de qué modo te afecta directamente esta nueva normativa y, sin duda, el esquema de instalación de extintores/BIEs y sus diferentes componentes es clave para ello.
esquema instalación de bie (bOCA DE INCENDIO EQUIPADA)
Aspectos importantes a tener en cuenta en la instalación de un puesto fijo a partir del RD513
- El puesto fijo debe estar colocado a un máximo de 5 metros de la salida del sector de incendio, tener un recorrido horizontal tope de 25 metros del origen de evacuación y no superar los 50 metros de distancia entre dos BIEs.
- La longitud máxima de las mangueras planas tendrá 20 metros y no será mayor de 30 metros si la manguera es semirrígida.
- La boquilla y la válvula de apertura manual del BIE estarán ubicadas a una altura máxima de 1,5 metros.
- La parte inferior del cartel que avisa de la presencia de un extintor o BIEs se ubicará entre 1,5 y 2,20 cm del suelo y siempre respetará una distancia mínima de 30 cm respecto al techo.
Altura de instalación y otras características de los elementos BIE
- Los pulsadores y extintores deberán quedar colocados entre 0,80 y 1,20 metros de altura; Si bien, según ha venido explicando el Ministerio, esta medida solo afectará a nuevas instalaciones.
- Se ha fijado una vida útil máxima para algunos dispositivos de protección contra incendios. Por ejemplo, los fabricantes de detectores y señales fotoluminiscentes establecerán su duración y, en su defecto, será de diez años. En el caso de las mangueras de las BIEs será de veinte años. Este requisito tendrá aplicación únicamente para elementos instalados a partir de la entrada en vigor del presente reglamento.
- Se incluyen nuevos sistemas en el anexo I relativo a características de los mismos, como pueden ser los sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados, sistemas para control de humo y calor, mantas ignifugas, alumbrado de emergencia y señalización luminiscente.
Comentarios
9 comentarios
Noel Orbisi 28 febrero, 2018
¡Que gran entrada! muchas gracias por compartir.
Prodein 7 marzo, 2018
Muchísimas gracias por tu comentario, Noel.
Salvador Beltrán Cuevas 6 marzo, 2020
Hola buenas tardes
Agradezco que compartan esta información, es muy útil no sólo para conservarla como cultura general, también lo es porque me ha servido para orientar un trabajo que realizo en este momento en varias escuelas de nivel primaria, para sensibilizar a los docentes sobre la Protección Civil.
De entro otros datos, retomo con mayor atención lo referente a los extintores, mi intención es que a partir de hablar y trabajar con sus características y usos, pueda interesarlos para otros temas.
Nuevamente, muchas gracias
Saludos
Prodein 30 abril, 2020
Muchísimas gracias, Salvador.
Nos alegra que la información presentada en este artículo te haya resultado de utilidad e interés.
Un saludo.
Oscar 1 octubre, 2021
En uso residencial cuando estoy obligado a su instalación?
Prodein 7 octubre, 2021
Hola Oscar,
Como se especifica en el CTE (D*ocumento *B*ásico *SUA *Seguridad de
utilización y accesibilidad)*
2.1 Dotación
1 Los edificios dispondrán de un alumbrado de emergencia que, en caso de
fallo del alumbrado normal, suministre la iluminación necesaria para
facilitar la visibilidad a los usuarios de manera que puedan abandonar el
edificio, evite las situaciones de pánico y permita la visión de las
señales indicativas de las salidas y la situación de los equipos y medios
de protección existentes Contarán con alumbrado de emergencia las zonas y
los elementos siguientes:
a) Todo recinto cuya ocupación sea mayor que 100 personas;
b) Los recorridos desde todo *origen de evacuación *hasta el *espacio
exterior seguro *y hasta las *zonas de refugio, *incluidas las propias *zonas
de refugio, *según definiciones en el Anejo A de DB SI;
c) Los aparcamientos cerrados o cubiertos cuya superficie construida exceda
de 100 m2, incluidos los pasillos y las escaleras que conduzcan hasta el
exterior o hasta las zonas generales del edificio;
d) Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de
protección contra incendios y los de riesgo especial, indicados en DB-SI 1;
e) Los aseos generales de planta en edificios de uso público;
f) Los lugares en los que se ubican cuadros de distribución o de
accionamiento de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas;
g) Las señales de seguridad;
h) Los itinerarios accesibles.
2.2 Posición y características de las luminarias
1 Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada las luminarias
cumplirán las siguientes condiciones:
a) Se situarán al menos a 2 m por encima del nivel del suelo;
b) Se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que sea
necesario destacar un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de
seguridad. Como mínimo se dispondrán en los siguientes puntos:
– en las puertas existentes en los recorridos de evacuación;
– en las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba iluminación
directa;
– en cualquier otro cambio de nivel;
– en los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos;
Esperamos haberte ayudado,
Un saludo
Alvaro 17 noviembre, 2022
Hola,
Una BIE a la que se deba romper el cristal de seguridad. Qué características debe tener? tipo de cristal, es necesario un elemento para su rotura…
Prodein 23 noviembre, 2022
Hola Álvaro,
Son cristales pensados para su rotura con el codo, aunque también se podría hacer con la mano. En este último caso, y para evitar cortes, puede ser interesante protegerse con un guante. Existen pequeños martillos que se utilizan para facilitar la rotura.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo
Eva 8 febrero, 2023
Me surge una duda respecto a la distancia en la que se puede colocar un útil o un puesto de trabajo respecto a una BIE.
Los medios de extinción no deben obstaculizarse y deben permanecer libres de obstáculos para garantizar su accesibilidad en caso de ser necesario su uso, pero ¿hay alguna distancia mínima a la que deba colocarse un útil o puesto de trabajo respecto a una BIE en un área de taller?
Muchas gracias por anticipado por la respuesta