El mantenimiento según el RIPCI

¿Qué debemos tener en cuenta para realizar el mantenimiento de acuerdo a la nueva normativa de protección contra incendios? Desde Prodein queremos ayudarte a que gestiones el mantenimiento de tus instalaciones correctamente y para ello damos respuesta a algunas de la preguntas más frecuentes que nos plantean nuestros clientes sobre el mantenimiento de prevención de incendios.

Como introducción, sabrás que el nuevo RIPCI hace referencia a las tablas I, II y III en cuanto a Programa de Mantenimiento y es ahí donde podrás consultar los detalles que te afectan. Pero vamos allá con las preguntas.

¿Todas las Comunidades de Propietarios, tanto nuevas como antiguas, se tienen que adaptar a este programa de mantenimiento o solamente las nuevas?

Las instalaciones antiguas se deben adaptar al nuevo RIPCI en la parte correspondiente al mantenimiento y a las inspecciones, por lo que las tablas I, II y III serán de aplicación para todas las instalaciones.

¿Todos los clientes que dispongan de un sistema de protección contra incendios deben tener suscrito un contrato de mantenimiento?

Los establecimientos y zonas de uso industrial necesitarán para la puesta en servicio de las instalaciones tener suscrito un contrato de mantenimiento con una empresa mantenedora debidamente habilitada. Excepcionalmente, si el titular de la instalación se habilita como mantenedor y dispone de los medios y organización necesarios para efectuar su propio mantenimiento, y asume su ejecución y la responsabilidad del mismo, será eximido de su contratación.

Todas las instalaciones deben cumplir con los requisitos de la tabla II, los cuales deben ser realizados por una empresa mantenedora habilitada o por personal del fabricante.

¿El informe técnico de mantenimiento es obligatorio para todo tipo de operaciones sean de la envergadura que sean?

Sí. Tras las inspecciones se levantará un acta, firmada por el técnico titulado competente del organismo de control que ha procedido a la inspección y por el titular de la instalación, quienes conservarán una copia, que estará a disposición de los servicios competentes en materia de industria de la Comunidad Autónoma durante cinco años.

En el artículo 17 del RIPCI RD 513/2017 se indica que «la empresa mantenedora colocará en todo extintor una etiqueta con su número de identificación, nombre, dirección, fecha en la que se ha realizado la operación y fecha en que debe realizarse la próximas revisión». Ese número de identificación ¿se refiere al número de identificación de la empresa o al número de fabricación del extintor?

Corresponde al número de identificación de Protección Contra Incendios de la empresa instaladora y mantenedora, emitido por Industria.

Las revisiones trimestrales ¿las puede hacer el propio usuario?

En el caso de las tablas I y III

Personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen en ambos casos con los requisitos establecidos en el artículo 16 del reglamento sobre Habilitación de empresas mantenedoras.

• También lo puede realizar personal del usuario o titular de la instalación.

En el caso de la tabla II

Personal del fabricante o de la empresa mantenedora, si cumplen en ambos casos con los requisitos establecidos en el artículo 16 del reglamento sobre Habilitación de empresas mantenedoras.

Adicionalmente, se recuerda que en el artículo 14 se dice que “El usuario (…) podrá adquirir la condición de mantenedor de estos presentando la declaración responsable a la que se hace referencia en el artículo 16 ante el Órgano competente de la Comunidad Autónoma”. Por lo tanto, estos usuarios también podrán realizar las operaciones de la tabla II.

Según el RIPCI, hay que conservar al menos durante 5 años las actas de los mantenimientos firmadas por el técnico que las ha realizado, pero ¿las actas de mantenimiento deberán estar firmadas por el técnico que las realiza o por el técnico y el titular de la instalación?

Dichas actas deben ir firmadas por la/s persona/s responsable/s de realizar las operaciones y el representante de la propiedad de la instalación.

En todos los casos, tanto la empresa que ha llevado a cabo el mantenimiento, como el usuario o titular de la instalación, conservarán constancia documental del cumplimiento del programa de mantenimiento preventivo, al menos durante cinco años, indicando, como mínimo, las operaciones y comprobaciones efectuadas, el resultado de las verificaciones y pruebas y la sustitución de elementos defectuosos que se hayan realizado. Las anotaciones, deberán llevarse al día y estarán a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Se habla actas de mantenimiento y de inspección técnica como dos documentos distintos y que han de ser conforme a UNE 23580. ¿Son documentos diferentes?

El mantenimiento y la inspección técnica son dos cosas diferentes.

Las inspecciones periódicas serán efectuadas por organismos de control acreditado (OCA) y en ellas se inspeccionará tanto el estado de los productos (equipos y sistemas) in situ, como la documentación aplicable (relativa a la puesta en servicio, mantenimiento, etc.), según aplique.

Las actas de mantenimiento serán emitidas por la empresa autorizada por el Departamento de Industria para realizar instalaciones y mantenimiento de protección contra incendios y serán consecuencia de la revisión de los elementos según las Tablas I, II y III.

¿El certificado de mantenimiento se basa en algún modelo?

Sobre el certificado de mantenimiento y las listas de comprobación anexas, el contenido de estos documentos es el que aparece en el punto 5 del Anexo II:

El certificado con la información general (ver modelo en UNE 23580-1) firmado por la empresa mantenedora (responsable técnico). También lo debe firmar el titular o el representante de la propiedad de la instalación, para dejar constancia de su conformidad y de que ha recibido los documentos.

Las listas de comprobación anexas con la información detallada de las operaciones para cada producto (ver modelo en UNE 23580-2 y siguientes) firmadas por la persona de la empresa que haya realizado las tareas (el operario cualificado).

El certificado y las listas de comprobación deben hacerse cada vez que se realice una operación de mantenimiento, y deben ser elaboradas y firmadas por la misma empresa que haya realizado dichas actividades de mantenimiento (ver artículos 15.1.b, 15.2 y 21.2).

Al estar incluido el mantenimiento de la señalización fotoluminiscente en el reglamento de protección contra incendios, se crea la polémica sobre si el mantenimiento establecido en las tablas de RD afecta solo a la señalización de medios de protección contra incendios, o también es aplicable a la señalización de evacuación, que serían competencia del CTE.

En la sección 2ª “Sistemas de señalización luminiscente” del nuevo RIPCI 2017, se indica en su primer párrafo. “Se incluirán en esta sección los sistemas de señalización luminiscente, cuya finalidad sea señalizar las instalaciones de protección contra incendios”.

Las señales de evacuación no se ven afectadas por el RIPCI por lo que no se establece vida útil ni mantenimiento.

Si tienes más preguntas sobre cómo realizar el mantenimiento de prevención de incendios tras la aprobación del nuevo RIPCI, no dudes en contactar con Prodein y trataremos de ayudarte al máximo.

¿Tienes dudas sobre el RIPCI?

Empresas, fábricas, comercios, comunidades de viviendas o instituciones deben cumplir el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

 

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