El Gobierno ha actualizado la normativa de seguridad contra incendios en industrias. Este reglamento afecta a todos los establecimientos industriales, incluyendo fábricas, almacenes, talleres de reparación de vehículos y actividades auxiliares.
¿Por qué se ha actualizado la normativa de protección contra incendios en industrias?
La evolución de la tecnología y los marcos normativos nacionales y europeos ha hecho necesaria la modificación del reglamento de 2004. Con esta actualización, se adapta a las nuevas soluciones constructivas y se alinea con la normativa vigente en productos, instalaciones y edificación.
Obligaciones legales en protección contra incendios para industrias
Las empresas deben cumplir con diversas obligaciones legales en materia de incendios para garantizar la seguridad en sus instalaciones. A continuación, se detallan los principales requisitos:
1. Diseño seguro de los establecimientos industriales
✔ Minimizar la propagación del fuego en el interior y exterior del edificio.
✔ Implementar rutas de evacuación seguras y accesibles para los ocupantes.
2. Instalaciones de protección contra incendios
✔ Contar con sistemas de detección, control, extinción y alarma adecuados a cada tipo de establecimiento.
✔ Cumplir con el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RD 513/2017).
3. Inspecciones periódicas obligatorias
✔ Cada 5 años, las empresas deben solicitar una inspección a un organismo de control autorizado para verificar el cumplimiento de la normativa.
Esta inspección no es un mero trámite: el técnico evaluará desde cambios en la actividad hasta el estado de las medidas de protección activa y pasiva, verificando también que se hayan seguido los criterios del RIPCI y que cualquier solución técnica alternativa continúe siendo válida. Los resultados se documentan en un acta, siguiendo la norma UNE 192005-1 o el protocolo de cada comunidad autónoma.
Además, en situaciones especiales se exigirá una inspección inicial antes incluso de que el establecimiento entre en funcionamiento. Esta será obligatoria si el local tiene un riesgo medio o alto y supera los 1.000 m², o si se ha optado por un diseño prestacional, técnicas alternativas o adaptaciones razonables recogidas en el reglamento. Es importante no confundir esta inspección inicial con el informe de tercera parte independiente que evalúa el proyecto; son procedimientos distintos. Como excepción, algunos nuevos establecimientos de pequeño tamaño, con bajo riesgo y ubicados en recintos propios, podrán quedar exentos de estas inspecciones, siempre que cumplan ciertos requisitos técnicos y dispongan de una memoria firmada por un profesional competente.
4. Requisitos para establecimientos nuevos o modificados
✔ Se deberá presentar un proyecto técnico firmado por un especialista, requisito indispensable para obtener licencias y autorizaciones.
5. Documentación para la puesta en servicio de las instalaciones
Antes de operar, los establecimientos industriales deben presentar ante la Comunidad Autónoma correspondiente:
✔ Proyecto técnico de la instalación.
✔ Certificado de adecuación de la obra.
✔ Acta de inspección inicial, si aplica.
✔ Documentación de los sistemas de protección contra incendios.
6. Comunicación de incendios relevantes
✔ Si ocurre un incendio importante, la empresa debe notificarlo al órgano competente en un plazo máximo de 15 días hábiles.
¿Qué deben hacer las industrias para cumplir con la normativa?
Si ya tienes un establecimiento industrial en funcionamiento, no es necesario adaptarse de forma general al nuevo RSCIEI. Aún así, deberán de cumplir con algunos aspectos de esta. Destacando:
✔ Solicitar una inspección cada 5 años con un organismo autorizado.
✔ Comunicar cualquier incendio relevante en 15 días hábiles.
La periodicidad y el tipo de inspección dependen de la fecha de construcción del establecimiento. Si tu edificio ya cumplía con el anterior reglamento (RD 2267/2004), deberá adaptar sus inspecciones, manteniendo los criterios de su proyecto original. En cambio, si el establecimiento es anterior a 2004, se exigirá igualmente una inspección cada cinco años, pero solo se evaluará la protección activa contra incendios (extintores, detectores, rociadores, etc.).
También existen exenciones: los establecimientos con carga de fuego ≤ 42 MJ/m², superficie ≤ 120 m², y que cumplan con algunas condiciones mínimas (art. 5.2), pueden quedar exentos de las inspecciones periódicas. Además, si ya habías realizado una inspección antes de la entrada en vigor del nuevo reglamento, se mantiene la fecha prevista para la próxima revisión, sin ser necesario adelantarla.
Si vas a abrir un nuevo establecimiento:
✔ Elaborar un proyecto técnico firmado para obtener licencias.
✔ Cumplir con los requisitos de protección contra incendios en industrias.
✔ Presentar toda la documentación necesaria en la Comunidad Autónoma.
Si tu establecimiento está ya en construcción o la licencia se ha solicitado antes del 10 de mayo de 2025:
✔ Podrán terminar la ejecución siguiendo el RD 2267/2004, durante un plazo de hasta 4 años (es decir, hasta mayo de 2029).
Si estás haciendo reformas o te encuentras inmerso en un cambio de actividad, no es obligatorio adaptar todo el establecimiento aunque:
✔ Se aplicará el nuevo reglamento a la parte afectada con la reforma o nuevo uso.
En caso de un cambio de titularidad, es decir, si se vende o se traspasa el establecimiento, tampoco hay obligación de adaptar las instalaciones al nuevo RSCIEI 2025.
¿Qué plazos tiene la nueva normativa?
El nuevo reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales) fue publicado en el BOE el 10 de abril de 2025 y entrará en vigor oficialmente el 10 de mayo de 2025. Sin embargo, las obligaciones más relevantes para los establecimientos ya existentes —como las inspecciones periódicas, las nuevas exigencias de mantenimiento y las medidas de intervención en caso de incendio— no serán exigibles hasta el 10 de noviembre de 2025, otorgando un margen de seis meses para que empresas y profesionales se preparen. Además, los proyectos que ya estén en construcción o cuenten con licencia solicitada antes de la fecha de entrada en vigor, podrán seguir aplicando el anterior reglamento (RD 2267/2004) durante un periodo transitorio de cuatro años, hasta mayo de 2029.
Este reglamento busca prevenir incendios en industrias y mejorar la seguridad de trabajadores y bienes. Cumplir con las obligaciones legales, evita sanciones y protege las instalaciones.
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