¿Qué locales deben contar con alumbrado de emergencia?

El alumbrado de emergencia resulta extremadamente útil en situaciones de incendio o imprevisto grave, pero ¿qué locales deben tener instalación de alumbrado de emergencia? Es importante saberlo, y no solo por cumplir la ley. El alumbrado de emergencia es la garantía de que habrá luz cuando se produzca un fallo del alumbrado general. Entra en funcionamiento de forma automática y sus señales de evacuación facilitarán la salida de las personas que se encuentren en el recinto, así como la localización de los equipos de alarma y protección contra incendios.

Por ello, desde Prodein, te damos las claves para saber si tu local necesita o no alumbrado de emergencia.

Se necesita instalar alumbrado de emergencia en los siguientes espacios: 

  • Recintos con una ocupación mayor de 100 personas.
  • Espacios públicos como bibliotecas, centros de enseñanza o consultorios médicos con capacidad superior a 50 personas.
  • Todos los locales de espectáculos, sea cual sea su capacidad: cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, plazas de toros…
  • Espacios en los que transitan muchas personas como aeropuertos, estaciones de viajeros, hospitales, ambulatorios, sanatorios, asilos y guarderías.
  • Recorridos generales de evacuación de zonas de uso residencial o/y uso hospitalario, salvo unifamiliares.
  • Todas las escaleras y pasillos protegidos, vestíbulos previos y escaleras de incendios, trasteros con riesgo especial (con superficies superiores a los 50 m2) y depósitos de basuras con superficies superiores a los 5 m2.
  • Los aparcamientos para más de cinco vehículos, incluidos pasillos y escaleras.
  • Los locales de riesgo especial y los aseos generales de planta en edificios de acceso público.
  • Los locales que alberguen equipos generales de las instalaciones de protección.
  • Los cuadros de distribución de la instalación de alumbrado de las zonas antes citadas.
  • En los quirófanos y salas de intervención se establecen los requisitos que se determinan en la ITC-BT-38 (REBT – 28).
  • Cerca de cada puesto de primeros auxilios, a una distancia inferior a 2 metros, medida en el plano horizontal.
  • En las salidas de emergencia y en las señales de seguridad reglamentarias REBT – 28, UNE – EN – 1838.
  • En todo cambio de dirección de la ruta de evacuación, en la intersección de pasillos REBT – 28, UNE – EN – 1838.

¿Cómo se deben colocar las luces de emergencia y qué distancia tiene que haber entre ellas? 

Posición y características de las luminarias: Con el fin de proporcionar una iluminación adecuada las luminarias cumplirán las siguientes condiciones:

  1. Se situarán al menos a 2 metros por encima del nivel del suelo.
  2. Se dispondrá una en cada puerta de salida y en posiciones en las que
    sea necesario destacar un peligro potencial o el emplazamiento de un equipo de seguridad. Como mínimo se dispondrán en los siguientes puntos:

1 – En las puertas existentes en los recorridos de evacuación.
2 – En las escaleras, de modo que cada tramo de escaleras reciba iluminación directa.
3 – En cualquier otro cambio de nivel-
4 – En los cambios de dirección y en las intersecciones de pasillos.

¿Qué requisitos luminotécnicos debe tener el alumbrado de emergencia? 

  • El alumbrado de reemplazamiento debe permitir la continuación de actividades normales durante un tiempo mínimo de dos horas.
  • La uniformidad del alumbrado de emergencia (iluminancia máxima / iluminancia mínima) debe ser superior a 40.
  • Para obtener niveles de iluminación, debe considerarse que el factor de reflexión sobre paredes y techos es nulo.
  • La dotación de la luminarias del alumbrado de emergencia debe ser como mínimo de 5 Lúmenes/m2 . Por su parte, el flujo luminoso producido por las lámparas debe ser superior o igual a los 30 Lúmenes.

Esperamos haberte ayudado con esta información. Si tienes alguna duda más acerca de las características que debe tener la iluminación de emergencia y qué locales están obligados a tener alumbrado de emergencia, no dudes en contactar con nosotros y, desde Prodein, te ayudaremos en todo lo que esté a nuestro alcance.

¿Tienes dudas sobre el RIPCI?

Empresas, fábricas, comercios, comunidades de viviendas o instituciones deben cumplir el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios.

 

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Comentarios

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11 comentarios

  • Jose 16 octubre, 2018

    Un gran artículo sobre las luces de emergencia y señalización de evacuación.

  • owner

    Prodein 17 octubre, 2018

    Muchas gracias por tus palabras, Jose, nos alegra saber que te ha gustado el artículo.

  • Jose 28 septiembre, 2021

    Un buen aporte sobre las luces de emergencia como parte de la instalación de protección contra el fuego en cualquier local. Además de los extintores deben ser las luces más importantes del local.

  • Leo 2 octubre, 2021

    hola q luz de emergencias debo montar en un pasillo de 5 m2metros y en una oficina de 4m2 metros , gracias

    • owner

      Prodein 7 octubre, 2021

      Hola Leo,
      En cada caso de los planteados (5m2 o 4 m2) con una luz de emergencia de 70lm/ local se cumple sobradamente con lo que exige la normativa.
      Esperamos haberte ayudado

  • Josue Omar Alarcon Herrera 24 noviembre, 2021

    Muy interesante tu informacion, pero si me gustaria saber si existe algun fundamento de donde obtengas esta informacion, puesto que para documentos con validez oficial no puedo mencionarlo o considerarlo si no tengo una fuente que lo sustente.

    • owner

      Prodein 2 diciembre, 2021

      Buenos días,

      El Código Técnico de la Edificación <https://www.codigotecnico.org/>
      describe dónde es obligatorio el alumbrado de emergencia.

      En el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión también se indica como
      imprescindible, y obligatorio, instalar alumbrado para emergencias en las
      siguientes instalaciones que tengan zona abierta al público:

      – Comunidades de propietarios.
      – Oficinas y locales comerciales.
      – Almacenes.

      El Real Decreto 486/1997 Anexo IV
      <https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-8669> también establece
      que los lugares de trabajo, o una parte del lugar del trabajo, donde un
      fallo en el alumbrado normal suponga un riesgo para la seguridad de los
      trabajadores, también deberá instalarse alumbrado de emergencia, de
      evacuación y de seguridad.

      Un saludo

  • Rosa 15 febrero, 2023

    Buenos días! Querria saber si puedo yo cambiar la bombilla de la luz de emergencia de mi empresa cuando no funcione o necesito llamar a alguien. En caso de ser asi que requisitos debe tener quien venga a cambiarla. Un saludo

    • owner

      Prodein 22 febrero, 2023

      Hola Rosa
      Puedes sustituir perfectamente la bombilla de la luz de emergencia. En caso de llamar a alguien con que sea electricista es suficiente.
      En caso de manipulación de la luz de emergencia pierde la garantía del elemento.
      Un saludo

  • Miguel 1 agosto, 2023

    Pertenezco al gremio en otra comunidad, y me ha sido grato entrar en vuestra pagina. Fácil de leer y lo básico. felicidades.

    • owner

      Prodein 3 agosto, 2023

      Gracias Miguel. Esperamos haberte ayudado a resolver tus dudas mediante nuestro artículo.