Una directiva europea prohíbe el uso de la huella dactilar para fichar en el trabajo

En la actual era digital, la gestión eficiente del tiempo de trabajo se ha convertido en un aspecto crucial en múltiples empresas. En particular, la implementación de sistemas biométricos mediante apps, tarjetas o códigos, son una herramienta común para gestionar la asistencia laboral, gracias a su confiabilidad a la hora de llevar a cabo una identificación precisa del personal. 

¿En qué consisten los sistemas biométricos?

Los sistemas biométricos utilizan las características únicas de la persona, como huellas dactilares, voz, reconocimiento facial o iris, para verificar la identidad, eliminando así la posibilidad de fraudes en la identificación.

¿Qué ventajas aporta la implementación de los sistemas biométricos?

  • Precisión y seguridad: Los sistemas biométricos garantizan una identificación precisa, eliminando la posibilidad de registro de horas falsas o la suplantación de identidad.
  • Eficiencia: La automatización de la identificación de la jornada laboral a través de estos sistemas, agiliza los procesos administrativos, permitiendo un flujo de trabajo más eficiente.
  • Reducción de errores: Los sistemas biométricos disminuyen notablemente la probabilidad de errores en el registro de horas. 

Sin embargo, a medida que las empresas abordan este tipo de herramientas de identificación, lógicamente, se han incrementado las preocupaciones éticas y de privacidad. En este sentido, la transparencia en la recopilación y el almacenamiento de datos biométricos, así como la implementación de medidas de seguridad fuertes, son fundamentales para garantizar el respeto de los derechos individuales. 

Poniéndonos en contexto

Si bien en el año 2007 el Tribunal Supremo sentenció que la utilización de la huella dactilar para el control horario no era una medida excesiva, y por tanto se consideraba legítimo y su uso no estaba limitado por norma alguna, los sistemas de control biométrico de entrada han estado en el foco de la polémica desde que se obligó a las empresas a registrar la jornada de sus trabajadores/as. De hecho, han sido numerosas las guías, normativas y leyes que han ido surgiendo al respecto y que no han dejado de cambiar y complicarse desde sus inicios, creando inseguridad jurídica que ahora puede desembocar en severas multas para quienes infrinjan la directriz. 

En este escenario, nos encontramos con una reciente directiva europea que ha cambiado el criterio y que determina que, a partir de ahora, queda prohibida la utilización de la huella dactilar como método de registro laboral en las empresas, provocando un cambio significativo en las regulaciones de control de presencia en el entorno laboral. Esta directriz establece que el uso de datos biométricos, como la huella dactilar o el reconocimiento facial, están considerados como categoría especial y, por tanto, su empleo para el fichaje de las horas de trabajo queda prohibido de manera generalizada, salvo en situaciones específicas que se contemplan en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). 

En consecuencia, desde la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) se insta a las empresas a buscar métodos alternativos menos invasivos para el control de acceso que no impliquen el uso de datos biométricos, siguiendo las nuevas pautas establecidas por la Unión Europea en aras de la protección de la privacidad y los derechos individuales en el ámbito laboral. 

Entorno laboral equitativo y respetuoso

Es indudable que la evolución tecnológica nos brinda grandes avances en nuestro día a día. Sin embargo, la búsqueda continua de soluciones éticas es esencial para garantizar un entorno laboral más justo y respetuoso. 

Así, métodos alternativos como aplicaciones móviles, códigos QR personalizados, tarjetas inteligentes, contraseñas dinámicas o sistemas de reconocimiento de voz, ayudarán a las empresas a mantener la eficiencia operativa sin comprometer la privacidad y la autonomía individual de su personal.

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